• Modificar
    página:
  • A-
  • A+

Resolución de Intervención del Banco República

 

Escudo del Perú - SBS

 

Lima, 24 de Noviembre de 1998

RESOLUCIÓN S.B.S.
No. 1192 –98
El Superintendente de Banca y Seguros

 

VISTO:

         El Informe N° ASIF "B"-166VI/98,resultado de la Visita de Inspección efectuada por esta Superintendencia al Banco República, y el Oficio N° 9832-98, de fecha 98.11.23;

CONSIDERANDO:

         Que, mediante Oficio N° 9527-98 de fecha 12.11.98, este Organismo de Control hizo de conocimiento del Banco República el Informe de Visto que contiene las observaciones de tipo administrativo, contable, financiero y legal, ocasionadas por falta de dirección adecuada e inobservancia a la normatividad aplicable a las empresas del sistema financiero, hechos que han incidido negativamente en la situación económica del Banco.

         Que, dicha empresa bancaria al mes de octubre del año en curso cerró su posición de encaje con un déficit acumulado de US$ 758 millones, lo que representó un promedio diario de US$ 25.1 millones. Esta situación ha sido generada porque los fondos provenientes de las operaciones de redescuento, solicitados para atenuar la seria crisis de liquidez que afecta a la entidad, han sido orientados para cubrir principalmente obligaciones corrientes y no las necesidades de encaje, motivando que la Cuenta Corriente que mantiene en el Banco Central presente una situación deficitaria con un saldo negativo aproximado de US $ 9 millones, a fines del citado mes de octubre. Es así que, al 18 de noviembre del año en curso, el Banco presenta una situación de encaje deficitaria acumulada en moneda nacional de S/. 62 134 mil y US$ 537 127 en moneda extranjera.

         Que, de otro lado, se ha determinado que el Banco presenta un déficit de provisiones, al 30 de junio de 1998, ascendente a S/. 15 731 mil, como consecuencia de discrepancias en la clasificación de la cartera evaluada a categorías de mayor riesgo respecto de la evaluada por el Banco, en cincuenta y tres (53) deudores por un total de S/. 161 011 mil, monto que representa el 70% de la muestra evaluada.

Resolución Nº 1192 -98

         Que, asimismo se ha verificado que se han otorgado operaciones de crédito, durante el presente año, en exceso de los límites legales vigentes a los Grupos Inverraz (vinculado), Encomendero y Centeno. En el caso del grupo económico vinculado, los créditos concedidos en exceso fueron otorgados durante los meses de enero, febrero, abril, mayo, junio, julio, agosto y setiembre de 1998.

         Que, la situación antes descrita aunada a otras operaciones efectuadas con anterioridad, exigía de una inyección de capital fresco, en un monto mínimo de US$ 20 millones, requerimiento que esta Superintendencia en sucesivas y permanentes reuniones ha venido exigiéndoles a los directivos del Banco, compromisos que no fueron cumplidos en los plazos ofrecidos.

         Que, lo anteriormente expuesto, motivó a que este Organismo de Control, adoptara la decisión de someterla a Régimen de Vigilancia mediante Oficio N° 9832-98, disposición que fue puesta en conocimiento del Banco Central de Reserva a través del Oficio N° 9842-98;

         Que, el Banco Central de Reserva, mediante Oficio N° EF-N° 178-PRES ha puesto en conocimiento de esta Institución que al término del periodo de operaciones del día 23 de noviembre de 1998 sus cuentas corrientes en moneda nacional y en moneda extranjera registran saldos deudores ascendentes a S/. 8 144 719,84 y US$ 20 261 696,11, respectivamente, los mismos que no han sido cubiertos por el Banco República, incumpliendo de esta manera sus obligaciones.

         Que la suspensión del pago de obligaciones por el Banco, constituye causal de intervención por insuficiencia de capital de una empresa del sistema financiero, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 104° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General;

         Contando con la opinión de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica;

         En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349° de la Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar la Intervención del Banco República, por la causal prevista en la parte considerativa de la presente resolución.

Resolución Nº 1192-98

Artículo Segundo.- Designar a los señores Demetrio Castro Zárate y Armando Olivares López, funcionarios de esta Superintendencia de Banca y Seguros, para que en representación del Superintendente realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención conforme a lo establecido en la Ley General.

         Regístrese, comuníquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción.

 

MARTÍN NARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros