Los médicos y psicólogos consultores son profesionales médicos que tienen a su cargo el diagnóstico, la realización de exámenes clínicos y la evaluación de antecedentes que se necesiten en el caso específico de afiliados que requieran de calificación y evaluación de situaciones de invalidez que realicen el COMAFP (Comité Médico de las AFP) o el COMEC (Comité Médico de la SBS ) órganos médicos cuyas funciones son calificar en primera y segunda instancia respectivamente, la invalidez y sus causas. (Resolución 232-98-EF/SAFP)
Para el desempeño de sus funciones dentro del Sistema Privado de Pensiones, los médicos y psicólogos consultores deben estar previamente inscritos en el Registro de la Superintendencia.
Los datos consignados en el Registro son de libre acceso al público y, por tanto, cualquier persona, tenga o no interés directo o indirecto, podrá solicitar la información que en él aparezca.
La inscripción en el registro se realiza a solicitud del interesado, debiendo presentar la siguiente documentación:
Solicitud de inscripción en el registro, dirigida a la Superintendencia Adjunta de AFP de la Superintendencia de Banca y Seguros, Avenida Dos de Mayo N°1511 San Isidro.
Declaración jurada de veracidad de la información proporcionada y sometimiento a las normas del SPP
La información contenida en la ficha de registro.
Declaración jurada Art 134 de la Resolución N° 232-98-EF/SAFP
Copia del título del Colegio Médico del Perú y del registro nacional de especialista del CMP.
Constancia de habilidad, expedida por el Colegio Médico del Perú o del Consejo Regional.
Currículo vitae, no documentado.
Verificada
la información remitida por el interesado, esta Superintendencia
procede a otorgar el número de registro correspondiente,
requisito indispensable para la presentación de los servicios
de evaluación y calificación a los afiliados, debiendo
renovar su inscripción cada tres años. (Resolución
115-98-EF/SAFP)
Para información comunicarse a:
comec@sbs.gob.pe
mnarvaez@sbs.gob.pe
Tf.: 6309000 anexo 2404 Telefax: 6309227
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