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Escudo del Perú - SBS

 

BANCO NUEVO MUNDO EN LIQUIDACION
COMUNICADO N° 01-2001

CONSIDERANDO:

Se informa a los depositantes y acreedores del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, y al público en general, lo siguiente

El día de ayer, la Superintendencia de Banca y Seguros ha declarado la disolución y liquidación del Banco Nuevo Mundo, mediante Resolución SBS N°775-2001.

De conformidad con la quinta disposición final de la Resolución SBS N° 776-2001, se ha elaborado la relación preliminar de acreedores conforme al orden de prelación del artículo 117° de la Ley General, la que se exhibirá en el local principal del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, sito en Avenida Paseo de la República 3033 San Isidro y en las agencias, a partir del 25 de octubre del 2001, a fin de que los acreedores verifiquen sus saldos.

A partir de la fecha, el Banco Nuevo Mundo en Liquidación procederá a excluir de la masa los conceptos señalados en el artículo 118° de la Ley General, y pagará las acreencias de carácter laboral de acuerdo al orden de prelación establecido en el artículo 117° de la Ley General.

A partir del 25 de octubre de 2001, el Banco Nuevo Mundo en Liquidación procederá a pagar las acreencias de los depositantes y demás comprendidos en el literal B del artículo 117° de la Ley General, hasta US$ 60,000.00 por depositante sea persona natural o jurídica, previa compensación de sus deudas, según Resolución SBS Nº455-99

El pago a los depositantes comprendidos en el párrafo anterior, se efectuará a través de las oficinas de un banco de cobertura nacional a ser elegido por concurso público, cuyo resultado se dará a conocer el día lunes 22 de octubre de 2001. Con este primer pago se estará cumpliendo con el 99% de los depositantes del banco.

Los saldos remanentes del numeral anterior y las acreencias del orden de prelación C y D, se pagarán conforme se vayan generando recursos en el proceso de liquidación.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 24º de la Resolución SBS N° 455-99, que aprueba el Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, los depositantes y acreedores podrán presentar cualquier oposición, tacha o reclamo, debidamente sustentados dentro los 15 días calendarios contados a partir de la fecha de exhibición.

Durante la siguiente semana se convocará a concurso para elegir la entidad financiera a la cual se transferirá en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrendamiento financiero.

Se deja a salvo el derecho de los acreedores a hacer uso de lo dispuesto en el artículo 124º de la Ley General. 

Representantes de la Superintendencia de Banca y Seguros

Lima, 20 de octubre de 2001